Por el cual se hace la distribución parcial de una partida
El Presente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo primero. De la partida asignada en el Capítulo 204, artículo 2081 del Presupuesto de la vigencia en curso, para toda clase de gastos, excepto el pago de sueldos que demande la Campaña de Fomento de Lana, según distribución que se hará posteriormente en el año", hácese la siguiente distribución:
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 1° | ||
|---|---|---|
| Para pagar al personal de la Campaña Ovina la Prima de Navidad, creada por la Ley 45 de 1945, de conformidad con el Decreto legislativo número 2501 de 1953, el Reglamentario número 3239 del mismo año, y el Decreto legislativo número 3639 de 1954, en la presente vigencia y anteriores, en la Granja Ovina de Tinaca-Cerrito (Santander), la suma de | $ | 2.190.00 |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 2° | ||
| Para el pago de jornales a obreros por trabajos manuales que requiera la Campaña Ovinaren la Granja de Tinaca Cerrito (Santander), en la presente vigencia y anteriores | 26.280.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 3° | ||
| Para gastos imprevistos y gasto semnores no contemplados en los demás artículos, en la presente vigencia y anteriores, en el año | 17.330.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 4° | ||
| Para compra de terrenos, a fin de contemplar el globo de terrenos adquiridos y regularizar los límites y darle acceso a la carretera a la Granja de Tinaca Cerrito (Santander), la suma de | 94.000.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 5° | ||
| Para construcciones e instalaciones en la Granja Ovina de Tinaca Cerrito (Santander) | 108.000.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 6° | ||
| Para compra de muebles, enseres y equipo mecánico de oficina, en el año | 10.700.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 7° | ||
| Para compra de vehículos, con destino a la Granja Ovina de Tinaca Cerrito (Santander) | 20.000.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 8° | ||
| Para compra de elementos de Laboratorio, Instrumental y gastos de conservación y reparación, y repuestos de los mismos, de la Campaña Ovina de Tinaca-Cerrito (Santander) | $ | 2.000.00 |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 9° | ||
| Para servicio telefónico local, de alumbrado y fuerza eléctrica, acueducto, aseo y demás gastos de sostenimiento y reparación de los mismos servicios, en la presente vigencia y anteriores en la Granja de Tinaca Cerrito (Santander) | 10.000.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2981. Ordinal 10 | ||
| Para compra de maquinaria y herramienta con destino a la Campaña Ovina de Tinaca | 6.000.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 11 | ||
| Para compra, transporte y aseguro de semovientes para la Campaña Ovina de Tinaca Cerrito (Santander) | 91.500.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 12 | ||
| Para pagar al personal de la Campaña Ovina de La Guajira, la prima de Navidad creada por la Ley 45 de 1945, de conformidad con el Decreto legislativo número 2501 de 1953, y el Reglamentario número 3239 del mismo año, y el Decreto legislativo número 3639 de 1954, en la presente vigencia y anteriores | 780.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 13 | ||
| Para el pago de jornales a obreros por trabajos manuales, que requiera la Campaña Ovina en la Granja de La Guajira | 9.360.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 14 | ||
| Para gastos imprevistos y gastos menores no contemplados en los demás artículos de la presente vigencia y anteriores, en el año | 10.260.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 15 | ||
| Para construcciones e instalaciones en la Granja Ovina de La Guajira, en el año | 41.000.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 16 | ||
| Para compra, transporte y aseguro de semovientes para la Campaña Ovina de la Guajira, en el año | 35.000.00 | |
| Capítulo 204. Artículo 2081. Ordinal 17 | ||
| Para el pago de mejoras en los terrenos destinados a la Granja de La Guajira | 15.000.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D., E., a 25 de mayo de 1959.
ALBERTO LLERAS
Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Hernando Agudelo Villa,
Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Ministerio de Agricultura,
Alfredo Araújo Grau
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