Por la cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Relaciones Exteriores)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 15 de junio del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de
Relaciones Exteriores, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
Artículo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de junio de 1945.
ALFONSO LOPEZ
El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho,
Francisco UMAÑA BERNAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
- C. S. DE SANTAMARIA
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