Por el cual se dicta una disposición relacionada con los trabajos de defensa nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. El sueldo del Pagador Auxiliar del Cajero Contador de la vía Garzón- Florencia, de que tratan los Decretos números 1704 y 1916 de 1932, será de $ 150 mensuales, a partir del 1º de febrero del año en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de enero de 1933.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Obras Públicas,
Alfonso ARAUJO
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