Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos de 1907

Rango Decreto
Publicación 1907-12-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de Gastos del año económica de 1906 del capítulo 25, artículo 207 del departamento de Hacienda, la cantidad de $ 6,660-64, á las siguientes imputaciones:

MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO DEPARTAMENTO DE HACIENDA

Capítulo 28.

Administraciones de Hacienda nacional. Personal.

Artículo 215. Sueldos de los empleados de estas Administraciones, así:

Administraciones de Circuito.

37. Del Escribiente de la Administración de Cali, á $ 300 anuales, en Enero y Febrero $50

Capítulo 51.

Gastos varios.

Artículo 221. Para devolver derechos de importación ó de cualquiera otra naturaleza que se hayan cobrado de más 6,610 64
Suma $6,660 64

Parágrafo. Las oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que da lugar el presenta Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 9 de Diciembre de 1907.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

tobias VALENZUELA

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