Por el cual se hace un traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público), por $ 5.000.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales; y
Considerando:
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, por medio de la Resolución número 06022 de 1978 declaró sobrante la suma de $ 5.000.000.00 en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otra apropiación de su mismo presupuesto que resultó insuficiente;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973 el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 83 por valor de $ 5.000.000.00 para amparar el traslado presupuestal de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales necesarios,
decreta:
Artículo 1º Hácese el siguiente traslado en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978.
CONTRACREDITO
Presupuesto de funcionamiento.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
CAPITULO 8
Superintendencia Bancaria.
Gastos genérales.
| Claves: | Artículos | |||
|---|---|---|---|---|
| 112 42 12. | 1421. | Arrendamientos | 5.000.000 | |
| Valor del Contracrédito | $ | 5.000.000 |
CREDITO
Presupuesto de funcionamiento.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
CAPITULO 08
Superintendencia Bancaria.
Servicios personales.
| Claves: | Artículos | |||
|---|---|---|---|---|
| 112 02 11. | 1401. | Sueldos del personal de nómina | 5.000.000 | |
| Valor del Crédito | $ | 5.000.000 |
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a julio 19 de 1978.
ALFONSO LOPEZ MICHELSEN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso Palacio Rudas.
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