por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Publico

Rango Decreto
Publicación 1994-07-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, en especial las que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia,

DECRETA:

Artículo primero. Suprimir de la Planta de Personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, establecida mediante los Decretos 592 y 593 del 30 de marzo de 1993, modificada por los Decretos 1173 del 24 de junio de 1993, 1986 del 4 de octubre de 1993, 124 y 134 del 17 de enero de 1994 y 458 del 1º de marzo de 1994, los cargos que se relacionan a continuación:
DENOMINACION CODIGO GRADO NUMERO CARGOS
Dirección Superior
Asesor 1020 06 uno (1)
Profesional Especializado 3010 12 uno (1)
Coordinador 5005 23 uno (1)
Coordinador 5005 21 uno (1)
Secretario Ejecutivo 5040 18 dos (2)
Secretario Ejecutivo 5040 13 dos (2)
Auxiliar Administrativo 5120 11 uno (1)
Auxiliar Administrativo 5120 07 uno (1)
Secretario 5140 06 uno (1)
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
Profesional Especializado 3010 15 dos (2)
Técnico en Presupuesto 4035 10 uno (1)
Técnico Administrativo 4065 09 dos (2)
Técnico Administrativo 4065 07 uno (1)
Técnico Administrativo 4065 06 uno (1)
Técnico Operativo 4080 10 uno (1)
Técnico Operativo 4080 09 uno (1)
Técnico Operativo 4080 07 dos (2)
Secretario Ejecutivo 5040 11 dos (2)
Supervisor 5105 12 dos (2)
Supervisor 5105 07 tres (3)
Auxiliar Administrativo 5120 11 tres (3)
Auxiliar Administrativo 5120 09 cuatro (4)
Auxiliar Administrativo 5120 07 dos (2)
Secretario 5140 08 dos (2)
Secretario 5140 06 dos (2)
Ayudante de Oficina 5155 07 tres (3)
Ayudante de Oficina 5155 05 uno (1)
Operario Calificado 5300 07 tres (3)
Conductor Mecánico 5310 11 cuatro (4)
Conductor Mecánico 5310 09 dos (2)
Conductor Mecánico 5310 06 seis (6)
Ayudante 5325 06 tres (3)
Auxiliar de Servicios Gen. 5335 07 cuatro (4)
Auxiliar de Servicios Gen. 5335 05 trece (13)
DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO NACIONAL
Asesor 1020 14 uno (1)
Asesor 1020 13 uno (1)
Asesor 1020 12 uno (1)
Asesor 1020 11 uno (1)
Asesor 1020 10 uno (1)
Asesor 1020 09 uno (1)
Asesor 1020 07 dos (2)
Profesional Especializado 3010 19 tres (3)
Profesional Especializado 3010 18 uno (1)
Profesional Especializado 3010 16 uno (1)
Profesional Especializado 3010 14 uno (1)
Profesional Especializado 3010 10 dos (2)
Artículo segundo. Crear en la Planta de Personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los siguientes cargos:
DENOMINACION CODIGO GRADO NUMERO CARGOS
Direccion Superior
Asesor 1020 07 uno (1)
Asesor 1020 03 uno (1)
Coordinador 5005 23 uno (1)
Secretario Ejecutivo 5040 21 uno (1)
Secretario Ejecutivo 5040 20 uno (1)
Secretario Ejecutivo 5040 18 uno (1)
Secretario Ejecutivo 5040 16 uno (1)
Auxiliar Administrativo 5120 13 uno (1)
Auxiliar Administrativo 5120 09 uno (1)
Secretario Ejecutivo del Despacho de Ministro 5230 25 uno (1)
SECRETARIA ADMINISTRATIVA
Técnico en Presupuesto 4035 12 uno (1)
Técnico Administrativo 4065 11 dos (2)
Técnico Administrativo 4065 09 dos (2)
Técnico Operativo 4080 12 uno (1)
Técnico Operativo 4080 11 uno (1)
Técnico Operativo 4080 09 dos (2)
Secretario Ejecutivo 5040 13 dos (2)
Supervisor 5105 13 dos (2)
Supervisor 5105 10 tres (3)
Auxiliar Administrativo 5120 13 tres (3)
Auxiliar Administrativo 5120 11 cinco (5)
Auxiliar Administrativo 5120 09 dos (2)
Auxiliar Administrativo 5120 07 uno (1)
Secretario 5140 10 dos (2)
Secretario 5140 08 dos (2)
Ayudante de Oficina 5155 09 tres (3)
Ayudante de Oficina 5155 07 uno (1)
Operario Calificado 5300 09 tres (3)
Conductor Mecánico 5310 15 cinco (5)
Conductor Mecánico 5310 11 uno (1)
Conductor Mecánico 5310 09 cuatro (4)
Auxiliar de Servicios Gen. 5335 09 seis (6)
Auxiliar de Servicios Gen. 5335 07 trece (13)
DIRECCION GENERAL DEL PRESUPUESTO NACIONAL
Asesor 1020 06 dos (2)
Asesor 1020 05 cinco (5)
Asesor 1020 04 diez (10)
Asesor 1020 03 tres (3)
Asesor 1020 02 dos (2)
Profesional Especializado 3010 09 dos (2)
Artículo tercero. El presente Decreto modifica en lo pertinente los Decretos 592, 593, 1173 y 1986, todos de 1993 y los Decretos 124, 134 y 458 todos de 1994, y rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 13 de julio de 1994.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rudolf Hommes Rodríguez.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Eduardo González Montoya.

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