Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978, por $ 96.975.274.00

Rango Decreto
Publicación 1978-08-18
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades légales, y

considerando:

Que los Ministerios indicados adelante declararon sobrantes mediante resoluciones, parte de las Expropiaciones, iniciales del Presupuesto de1978 y por lo tanto disponibles para contracreditar con el objeto de que sean trasladadas para incrementar otras apropiaciones de sus mismos presupuestos que resultaron insuficientes

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto ley 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió los Certificados de Reserva y Disponibilidad números: 70, 72, 73, 74, 75, 77, 78, 79, 80, 81 y 82 dé 1978 para amparar los traslados presupuestares de que trata este Decreto; y

Que se han cumplido los requisitos legales necesarios;

decreta:

Artículo 1° Hácense los siguientes: traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1978

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 35077 (TABLA PRESUPUESTO) PÁG 8

Artículo 2° el presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición

Comuníquese y publíquese

Dado en Bogotá, D E, a julio 19 de 1978

Alfonso lopez michelsen

El Ministro, de Hacienda y Crédito Público,

Alfonso Palacio Rudas

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