por el cual se establece la Planta de Alumnos de las Escuelas de Formación de Oficiales y se fija la Planta de Soldados de las Fuerzas Militares para la vigencia de 1992
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confieren los artículos 189 ordinal 14 y 217 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1° La Planta de Alumnos de las Escuelas de Formación, de Oficiales para las Fuerzas Militares durante la vigencia de 1992, queda constituida en la siguiente forma:
| 1. EJERCITO | |
|---|---|
| Alféreces y Cadetes | 1.500 |
| 2. ARMADA: | |
| Alféreces, Guardiamarinas, Pilotines y Cadetes | 700 |
| 3. FUERZA AEREA: | |
| Alféreces y Cadetes | 380 |
| TOTAL GENERAL | 2.580 |
Artículo 2° La Planta de Soldados para la vigencia de 1992, será la siguiente:
| 1. EJERCITO | |
|---|---|
| Soldados Regulares | 77.691 |
| Soldados Alumnos | 1.800 |
| Soldados Voluntarios | 14.158 |
| TOTAL | 93.649 |
| 2. ARMADA: | |
| --- | --- |
| Grumetes | 600 |
| Soldados Alumnos Infantería de Marina | 200 |
| Soldados de Infantería de Marina | 6.853 |
| Soldados Voluntarios | 1.198 |
| TOTAL | 8.851 |
| 3. FUERZA AEREA: | |
| --- | --- |
| Soldados Regulares | 3.900 |
| Soldados Alumnos | 600 |
| TOTAL | 4.500 |
| TOTAL GENERAL | 107.000 |
Artículo 3ºCon el propósito de hacer viable la ejecución de esta Planta de Personal, desde el punto de vista presupuestal, los movimientos de personal deberán hacerse en forma gradual, consultando estrictamente las necesidades de efectivos para el cabal cumplimiento de las funciones asignadas a la institución.
Artículo 4ºEl presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 11 de septiembre de 1952.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rudolf Hommes Rodríguez.
El Ministro de Defensa Nacional,
Rafael Pardo Rueda.
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