Por el cual se anexan las Administraciones subalternas de Hacienda nacional e Anapoima, Guamo, Purificación i Natagaima a las oficinas telegráficas establecidas en dichos lugares

Rango Decreto
Publicación 1878-01-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

decreta :

Artículo 1.° Desde el dia 1.° de febrero próximo quedarán unidas las Administraciones subalternas de Hacienda nacional de Anapoima, Guamo, Purificacion i Natagaima a las oficinas telegráficas establecidas en dichos lugares, a cargo de los respectivos telegrafistas.

Artículo. 2.° A los telegrafistas se abonarán las cantidades asignadas para gastos de material de las Administraciones subalternas que se anexan.

Artículo 3.° Los actuales encargados de las Administraciones subalternas de Hacienda nacional de que se trata harán entrega de ellas a los telegrafistas, de los enseres i archivo, por riguroso inventario.

Dado en Bogotá, a 14 de enero de 1878.

AQUILEO PARRA.

El Secretario de Guerra i Marina,

Sántos Acosta.

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