Por el cual se distribuye parte de una apropiación
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° De los fondos apropiados en el artículo 951, capítulo 65, del Presupuesto Nacional vigente, distribúyese la cantidad de $ 27.280.00.
Para sostenimiento de las Escuelas Vocacionales en el Departamento de Boyacá, así:
| Mensual | Anual | |
|---|---|---|
| Escuela Vocacional "Eduardo Santos", en Jenesano: | ||
| Sueldo del Director, en 12 meses, de enero a diciembre | $ 140.00 | 1.680.00 |
| Para sostenimiento del Restaurante Escolar de la misma Escuela, en 12 meses, de enero a diciembre | 200.00 | 2.400.00 |
| Para compra de semillas, materiales diversos, combustibles y demás gastos de la misma Escuela, en 12 meses, de enero a diciembre | $ 100.00 | 1.200.00 |
| 440.00 | 5.280.00 | |
| Escuela Vocacional "Lucas Caballero", en Soatá (Tipacoque) | ||
| Sueldo del Director, en 12 meses, de enero a diciembre | $ 140.00 | 1.680.00 |
| Para sostenimiento del Restaurante Escolar de la misma Escuela, en 12 meses; de enero a diciembre | 200.00 | 2.400.00 |
| Para compra de semillas, materiales diversos, combustibles y demás gastos de la misma Escuela, en 12 meses, de enero a diciembre | 80.00 | 960.00 |
| $ 420.00 | 5.040.00 | |
| Escuela Vocacional "Santos Acosta", en Zetaquirá: | ||
| Sueldo del Director, en 12 meses, de enero a dicienibre | 140.00 | 1.680.00 |
| Para sostenimiento del Restaurante Escolar de la misma Escuela, en 12 meses, de enero a diciembre | 200.00 | 2.400.00 |
| Para compra de semillas, materiales diversos, combustibles y demás gastos de la misma Escuela, en 12 meses, de enero a diciembre | 80.00 | 960.00 |
| Para reparaciones locativas | 500.00 | |
| $ 420.00 | 5.540.00 | |
| Escuela Vocacional "Zenón Solano", en Duitama: | ||
| Sueldo del Director, en 12 meses, de enero a diciembre | $ 140.00 | 1.680.00 |
| Para concluir la obra de reparación del local | 1.500.00 | |
| Para compra de semillas, materiales diversos, combustibles y demás gastos, en 12 meses, de enero a diciembre | 100.00 | 1.200.00 |
| Para pagar el arrendamiento de un terreno adyacente a la Escuela para prácticas agrícolas | 600.00 | |
| $ | 240.00 | 4.980.00 |
| Escuela Vocacional "Salvador Camacho Roldán", en Sogamoso: | ||
| Sueldo del Director, en 12 meses, de enero a diciembre | $ 140.00 | 1.680.00 |
| Para sostenimiento del Restaurante Escolar de la misma Escuela, en 10 meses, de febrero a noviembre | 200.00 | 2.000.00 |
| Para compra de semillas, materiales diversos, combustibles y demás gastos, en 12 meses, de enero a diciembre | 100.00 | 1.200.00 |
| $ | 440.00 | 4.880.00 |
| Para sueldos del Profesor de Apicultura que adelantará la campaña respectiva en las cinco (5) Escuelas mencionadas, a | $ 130.00 | 1.560.00 |
| Artículo 2° Las partidas correspondientes a sueldos y Restaurantes Escolares, serán giradas por conducto de los Administradores de Hacienda, respectivos, quienes atenderán los pagos. Las correspondientes a reparaciones, materiales y gastos en general, serán solicitadas y manejadas por el Contador Pagador de Escuelas Vocacionales. Las anteriores Escuelas están organizadas desde el año pasado. | Artículo 2° Las partidas correspondientes a sueldos y Restaurantes Escolares, serán giradas por conducto de los Administradores de Hacienda, respectivos, quienes atenderán los pagos. Las correspondientes a reparaciones, materiales y gastos en general, serán solicitadas y manejadas por el Contador Pagador de Escuelas Vocacionales. Las anteriores Escuelas están organizadas desde el año pasado. | Artículo 2° Las partidas correspondientes a sueldos y Restaurantes Escolares, serán giradas por conducto de los Administradores de Hacienda, respectivos, quienes atenderán los pagos. Las correspondientes a reparaciones, materiales y gastos en general, serán solicitadas y manejadas por el Contador Pagador de Escuelas Vocacionales. Las anteriores Escuelas están organizadas desde el año pasado. |
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Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 26 de enero de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Educación Nacional,
Germán ARCINIEGAS
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