por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil), por $ 148.604.00

Rango Decreto
Publicación 1969-10-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que por medio del numeral 3° del artículo 55 de la Ley 35 de 1968, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir, por decreto, a partir del 1° de enero de 1969, los créditos adicionales al Presupuesto y efectuar los traslados dentro de las apropiaciones para gastos de funcionamiento e inversión, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el cumplimiento de los programas de inversión, los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito y la Reforma Administrativa;

Que el Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil, por medio de la Resolución numere 0923 de 1969, ha declarado sobrante el saldo de una apropiación de su presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1969, con el objeto de que sea trasladado para incrementar otras apropiaciones que resultaron insuficientes, por $ 148.604.00:

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley 1675 de 1964, el Contralor General de la República ha expedido él Certificado de Reserva y Disponibilidad número 36 de 1969, por un valor igual al que se trata de transferir, y

Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969:
Presupuesto de funcionamiento
Contracrédito:
Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil
CAPITULO 035
Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil
Programa 072
Seguridad Aeronáutica
Gastos generales
105. 111. 201. Artículo 0370. Mantenimiento y aseguros 148.604.00
Suma el contracrédito 148.604.00
Créditos:
Presupuesto de Funcionamiento
Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil
CAPITULO 035
Departamento Administrativo de Aeronáutica Civil
Programa 071
Dirección del Departamento
Transferencias
206. 111. 440. Artículo 0364. Aporte a la OACI 48.604.00
Programa 072
Seguridad Aeronáutica
Gastos generales
106. 111. 205. Artículo. 0372. Viáticos y gastos de viaje 100.000.00
Suman los créditos 148.604.00
Artículo 2° El Presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá D. E., a 15 de septiembre de 1969.

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Abdón Espinosa Valderrama.

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