Por el cual se derogan los marcados con los números 1196 de 11 de julio de 1927 y 160 de 4 de febrero último

Rango Decreto
Publicación 1928-09-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que es necesario que el Gobierno administre directamente, por conducto del respectivo Ministro, los trabajos de la carretera de Cambao.

DECRETA :

Artículo 1.° Deróganse los Decretos ejecutivos números 1196 de 11 de julio de 1927, y 160 de 4 de febrero próximo pasado, por medio de los cuales se concedieron algunas autorizaciones a la Junta Inspectora de la carretera de Cambao.
Artículo 2.° Mientras se expide el Decreto indispensable sobre la manera como debo administrarse en adelante dicha obra, queda encargado de la administración de los trabajos el señor ingeniero Carlos Cortés, quien seguirá devengado un sueldo mensual de quinientos cincuenta pesos ($ 550).

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 17 de agosto de 1928.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Obras Públicas,

Sotero PEÑUELA

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