Por la cual se dispone revisar la inscripción de los empleados de los Ministerios en la Carrera Administrativa
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales.
DECRETA:
Artículo 1° Procédase a la realización de la prueba de aptitud para revisar, refrendara rectificar la inscripción en la carrera administrativa, de conformidad con el artículo 25 de la ley 6ª de 1945 de los empleados de los ministerios del despacho ejecutivo cuya admisión en dicha carrera no haya sido precedida de un examen de aptitud.
Artículo 2° Los respectivos ministros, por medio de resoluciones, organizaran en todos sus detalles la revisión ordenada del artículo anterior.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de junio de 1945.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Gobierno,
ABSALON FERNANDEZ DE SOTO
El Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho,
FRANCISCO UMANA BERNAL
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
- C. S. DE SANTAMARIA
El Ministro de Guerra,
DOMINGO ESPINEL
El Ministro de Trabajo; Higiene y Previsión Social,
ADAN ARRIAGA ANDRADE
El Ministro de la Economía Nacional,
LUIS TAMAYO
El Ministro de Minas y Petróleos,
JESUS ANTONIO GUZMAN
El Ministro de Educación Nacional
ANTONIO ROCHA
El Ministro de Correos y Telégrafos,
LUIS GUILLERMO ECHEVERRI
El Ministro de Obras Públicas
ALVARO DIAZ S.
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