Por el cual se crean varios puestos en el ramo de Cafeteros Nacionales
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta que quedaron terminados los contratos de administración delegada celebrados para la construcción de las carreteras Popayán-Puracé-La Plata, Quibdó-Bolívar y Arjona-Carmen.
DECRETA:
Artículo 1° Créanse los puestos siguientes, con las asignaciones mensuales que se indican:
Carretera Popayán-Puracé-La Plata: Medico, con doscientos cincuenta pesos ($ 250); Cajero Contador, con ciento sesenta pesos ($ 160) y Almacenista, con ciento cincuenta pesos ($ 150).
Carretera de Quibdó-Bolívar: Médico con doscientos cincuenta pesos ($ 250); Cajero Contador con ciento sesenta pesos ($ 160) y Almacenista con ciento sesenta pesos ($ 160).
Parágrafo. Los Ingenieros Interventores de las dos carreteras mencionadas tendrán, desde la fecha en que los contratistas hicieron entrega de ellas, en le carácter de Ingenieros Jefes de los Trabajos de construcción de tales obras, y sus sueldos se pagarán con las partidas asignadas a éstas.
Artículo 2° Para los trabajos de construcción de la carretera Arjona- El Carmen créanse los siguientes puestos, con las asignaciones mensuales que se indican:
Ingeniero Jefe, con cuatrocientos pesos ($ 400); Ingeniero Ayudante, con trescientos cincuenta pesos ($ 350); Médico, con doscientos cincuenta pesos ($ 250); Cajero Contador, con ciento sesenta pesos ($ 160), y Almacenista, con ciento sesenta pesos ($ 160).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 21 de julio de 1943.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso ARAUJO
El Ministro de Obras Públicas.
Marco Aurelio ARANGO
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