Por el cual se fija una asignación en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
A partir del primero de los corrientes, fíjase en ochenta pesos ($ 80) la asignación mensual del Telegrafista Administrador de Correos de Puerto Asís.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 31 de julio de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, Luis CUERVO MARQUEZ.
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