Por el cual se abre un crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 1972. (Ministerio de Educación Nacional), por $ 2.000.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el numeral 1° del artículo 50 de la Ley 24 de 1971, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos tributarios o del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;
Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración. Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social abrir un crédito adicional al presupuesto de gastos del Ministerio de Educación Nacional para 1a vigencia fiscal en curso, por $ 2.000.000.00, financiados con el producto del empréstito externo negociado con The Chase Manhattan Bank, según contrato de fecha 6 de julio de 1972;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 83 del Decreto-ley número 1675 de 1964, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad número 19 de 1972 por $882.000.000.00, de los cuales se utilizan $ 2.000.000.00 para financiar los créditos presupuestales de que trata este Decreto, y
Que se han cumplido los requisitos para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1° Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal de 1972, con la cantidad de dos millones de pesos ($ 2.000.000.00) moneda legal, que, con base en el Certificado de Disponibilidad número 19 del mismo año, expedido por el Contralor General de la República, se incorporarán con imputación al siguiente numeral:
| PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS CAPITULO XVI Recursos del Crédito b) Recursos del Crédito Externo | PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS CAPITULO XVI Recursos del Crédito b) Recursos del Crédito Externo | PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS CAPITULO XVI Recursos del Crédito b) Recursos del Crédito Externo |
|---|---|---|
| Numeral 194. Producto del empréstito The Chase Manhattan Bank, según contrato del 6 de julio de 1972 | 2.000.000.00 | |
| Suma el recurso | $ | 2.000.000.00 |
| Artículo 2° Con base en el recurso de que trata el artículo anterior, ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto de Rentas e Ingresos para la vigencia fiscal de 1972. PRESUPUESTO DE INVERSION Ministerio de Educación Nacional Capítulo 680 Ministerio de Educación Nacional Programa 682 Instalaciones y Fomento Deportivo (Crédito The Chase Manhattan Bank) 588. 318. Artículo 6857-F. Para el Estadio "Alfonso López" de Bucaramanga | 2.000.000.00 | |
| --- | --- | --- |
| Suma el crédito | $ | 2.000.000.00 |
Artículo 3° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 28 de agosto de 1972.
misael pastrana borrero
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rodrigo Llorente Martínez.
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