Por el cual se reorganiza una oficina en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1.º Reorganízase la Oficina Postal y Telegráfica de Armenia (Caldas), con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ | 60 | ||
|---|---|---|---|---|
| Dos Ayudantes, cada uno con | $ | 40 | 80 | |
| Un Oficial de Recibo, con | 25 | |||
| Un Cartero, con | 12 |
Articulo 2.º Este Decreto empezará a regir diez dias después de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 31 de agosto de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA-El Ministro de Gobierno, miguel ABADIA MENDEZ.
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