Por el cual se ordena la ejecución de unas obras en el Hospital sanatorio de Santa Clara(ramo de Edificios)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
CONSIDERANDO
que por Decreto número 1327, de fecha 6 de los corrientes, se dispuso que la Dirección General de Edificios Nacionales del Ministerio de Obras Públicas, acometa directamente la ejecución de unas obras en el Hospital - sanitario "Santa Clara" de esta ciudad,
DECRETA:
Artículo 1° Adscribense las funciones de Ingeniero Administrador de las obras del Hospital - sanitario "Santa Clara", de que trata el Decreto número 1327 del año en curso, al Ingeniero Jefe de Locativas.
Artículo 2° Créase en las obras a que se refiere el artículo anterior el cargo de Almacenista - Contador, con sueldo de ciento veinte pesos ($ 120).
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá 31 de julio de 1943.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso ARAUJO
El Ministro de Obras Públicas,
Marco Aurelio ARANGO
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