Por el cual se reduce el pie de fuerza

Rango Decreto
Publicación 1879-07-26
Estado Vigente
Departamento SECRETARÍA DE LO INTERIOR I RELACIONES ESTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
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En uso de sus facultades legales, i

considerando :

1.° Que hai fundados motivos para creer que los enemigos del Gobierno están en absoluta imposibilidad de intentar un movimiento armado dentro del territorio del Estado;

2.° Que en el caso de que desgraciadamente el Gobierno tuviera que hacer frente a un enemigo armado, contaría con el apoyo entusiasta, unánimé i eficaz de todos los amigos de las instituciones, como ha tenido ocasion de conocerlo en repetidas circunstancias, i como se lo testifican las innumerables adhesiones i manifestaciones que diariamente recibe de la mayor parte de los distritos del Estado;

3.° Que todo enganche de fuerzas militares sustrae los brazos de los ciudadanos a la obra de la producción con gravísimo perjuicio de la riqueza pública de los intereses económicos de la sociedad;

4.° Que en las difíciles circunstancias por que atraviesa la República, es un deber imperioso de todos los gobiernos dar prendas efectivas de amor a la paz, i trabajar por hacer desaparecer hasta el mas leve pretesto para entrar en una lucha estéril i aniquiladora ; i

5.° Que la conducta circunspecta i ajustada severamente a las prescripciones constitucionales del Gobierno de Antioquia asegura a éste la continuacion de sus buenas relaciones con el de la Union i con los de los otros Estados,

decreta :

Art. 1.° De los 4,780 hombres que forman hoi el Ejército del Estado solo quedarán acuartelados, formando parte de la fuerza permanente, 800 hombres, como base del Ejército constitucional de Antioquia.
Art. 2. Estos 800 hombres se distribuirán en los batallones denominados: « Trujillo» número 1.°, «Córdoba» número 2.°, « Cazadores del Cuchillón » número 3.°, « Plaza » número 4.°, « Obando» número 5°, « Pabon» número 6.°, « Rifles » número 10 i c Mendoza » número 30.

Dado en Medellin, a 7 de julio de 1879.

TOMAS RENJIFO.

El Secretario de Gobierno i Guerra,

Cárlos Vélez S.

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