Por el cual se destina a un servicio oficial la casa número 2 de la carrera 4a de esta ciudad, de propiedad nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo único. Destinase para el servicio del Ministerio de Guerra la casa número 2 de la carrera 4ª de esta ciudad, de acuerdo con la solicitud del señor Ministro de Obras Públicas.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 28 de enero de 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús M. MARULANDA.
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