por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1969 (Ministerio de Relaciones Exteriores), por $ 2.483.000.00
El Presidente de la República de Colombia,
en uso ele sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 35 de 1968, corresponde al Gobierno Nacional distribuirlas partidas que así lo requieran, liquidadas en el Presupuesto de Gastos, mediante decretos que solamente requerirán la firma del Ministro de Hacienda y Crédito Público, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto, teniendo en Cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerio y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación; Que el Ministerio de Relaciones Exteriores y el Departamento Nacional de Planeación, propusieron la distribución de la suma de $ 2.483.000.00 apropiada en el Capítulo 421, artículo 5321, programa 551 del Presupuesto de Inversión, de la vigencia actual, y
Que la Dirección General del Presupuesto ha estudiado y encontrado ceñida a las disposiciones legales la distribución propuesta,
DECRETA:
Artículo 1° Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos de la vigencia fiscal de 1969:
| Presupuesto de Inversión. | |
|---|---|
| Ministerio de Relaciones Exteriores | |
| CAPITULO 521 | |
| Ministerio de Relaciones Exteriores | |
| Programa 551 | |
| Construcción y dotación de sedes | |
| Diplomáticas y Consulares | |
| 563. 435. Artículo .5351. Construcción y dotación de sedes en el Exterior, según distribución que hará el Gobierno previo estudo del Ministerio de Relaciones Exteriores, la Dirección General del Presupuesto y el Departamento Administrativo de Planeación | 2.483.000.00 |
| Que se distribuye así: | |
| Proyecto 1. Adquisición de la sede para la Embajada de Colombia en Alemania, Bono | 1.222.500.00 |
| Proyecto 2. Adquisición de la sede para el Consulado General de Colombia en Hamburgo, Alemania | 1.260.500.00 |
| Total | 2.483.000.00 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá D. E , a 16 de septiembre de 1969.
CARLOS LLERAS RESTREPO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Abdón Espinosa Valderrama.
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