Por el cual se reforma el número 1014 de 17 de mayo del año en curso
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores conceptúa que por ser más fácil y rápida la comunicación entre Yokohama y Nueva York, que con Liverpool, debe reformarse el Decreto 1014, en el sentido de que el Consulado de Yokohama dependa, para los efectos fiscales, del de Nueva York,
decreta:
Artículo único. El Consulado de la República en Yokohama estará subordinado al de Nueva York para los efectos fiscales.
Queda en estos términos reformado el Decreto 1014 del corriente año.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de julio de 1919.
MARCO FIDEL SUAREZ. El Ministro del Tesoro, Esteban JARAMILLO.
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