Por el cual se destina una suma para atender al fomento agrícola del Departamento de Boyacá
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
DECRETA:
Artículo 1° Destinar la suma de $ 20.000 para atender al fomento agrícola del Departamento de Boyacá, especialmente en lo que dice relación con la presentación de los pabellones agrícolas en la Exposición Agropecuaria que se celebrará en la ciudad de Tunja, con motivo del IV Centenario de su fundación, para hacer de ellos los primeros que se presenten en su género por la naturaleza de los productos exhibidos, y las demostraciones que se hagan a los agricultores. Esta suma se girará a la orden del Tesorero Departamental de Boyacá, quien rendirá cuenta detallada de la inversión de los fondos a la Contraloría General de la República.
Artículo 2° El gasto que demande el cumplimiento de este Decreto se imputará al capítulo 42, articulo 246, del Presupuesto de la vigencia en curso.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de julio de 1939.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de la Economía Nacional,
Jorge GARTNER
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.