Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
teniendo en cuenta
lo dispuesto en la ley 115 de 1919,
decreta:
Artículo 1° Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de l° de enero a 31 de diciembre de 1920, con la cantidad de diez mil trescientos setenta y seis pesos ($ 10,376), que llevará la siguiente imputación:
MINISTERIO DEL TESORO
CAPITULO 80
| Pensiones y auxilios | Pensiones y auxilios | Pensiones y auxilios |
|---|---|---|
| Artículo 873-A. Para pagar a la señora Inés Camacho de Escallón la suma reconocida a su favor por la Corte Suprema de Justicia, en sentencia dé fecha 14 de julio del año en curso, de acuerdo con la Ley 115 de 1919 | $ | 10,376 |
| Total | $ | 10,376 |
Artículo 2° La Dirección General de la Contabilidad Nacional la Oficina Central de Ordenación, la de reconocimientos del Ministerio del Tesoro y las pagadoras respectivas, describirán en sus libros los asientos a que da lugar él presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Bogotá a 3 de agosto de 1920.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro del Tesoro, J.M. PASOS.
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