Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1938-09-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 16 de agosto en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda para hacer algunos traslados en los Presupuestos del Ministerio de Obras Públicas y del Departamento de Contraloría,

DECRETA:

Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas:

Construcción y conservación de carreteras nacionales

Edificios y parques nacionales.

Auxilios y conservación de monumentos.

Edificios y parques nacionales

Auxilios y conservación de monumentos

Artículo 2°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto del Departamento de Contraloría: Artículo 2°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto del Departamento de Contraloría: Artículo 2°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto del Departamento de Contraloría:

Personal y material de estadística

Personal y material de estadística

Gastos varios

Sumas iguales

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 23 de agosto de 1938.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Obras Públicas,

A.CRUZ SANTOS

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