Por el cual se abre un crédito estraordinario al presupuesto de gastos para la vijencia económica de 1876 a 1877

Rango Decreto
Publicación 1877-03-20
Estado Vigente
Departamento SECRETARÍA DEL TESORO I CRÉDITO NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

En uso de la facultad que le confiere el artículo 1331 del Código fiscal, i

considerando:

Que por el contrato número 6.° celebrado el 7 de diciembre de 1876 entre el Intendente jeneral de Guerra i Marina i el señor Nicolas Krohne, sobre suministro de ganados destinados al consumo de la plaza de Bogotá, el Gobierno quedó obligado a abonar el interes de 10 por 100 anual desde el 15 de enero último, sobre el producido que recibiera de los mencionados ganados ;

Que habiéndose consignado en la Tesorería jeneral la cantidad de $ 27,530-92½ a que asciende el valor del suministro hecho por el señor Krohne, i no habiendo en el Presupuesto de gastos partida a qué imputar los intereses que devenguen las libranzas que se le han dado en pago, amortizables semanalmente en la Administracion de salinas de Cipaquirá,

decreta :

Artículo 1.° Abrese el crédito estraordinario de mil pesos ($ 1,000) al Presupuesto nacional de gastos para el año de 1876 a 1877, capítulo 7,° artículo 6,° para cubrir los intereses espresados.
Artículo 2.° La Secretaría del Tesoro i Crédito nacional describirá las operaciones consiguientes en las cuentas del Departamento del Tesoro.
Artículo 3.° Dése cuenta al Congreso nacional para los efectos a que se refiere el artículo 1334 del Código fiscal.

Dado en Bogotá, a 13 de marzo de 1877.

AQUILEO PARRA.

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional,

Nicolas Esguerra.

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