por el cual se aprueba la modificación de la estructura del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar-La Guajira, y se determinan las funciones de sus dependencias

Rango Decreto
Publicación 2013-07-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales en especial las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que en el Plan Nacional de Desarrollo "Prosperidad para Todos 2010-2014", propone la modernización institucional, los objetivos y las metas que debe cumplir y que le compete misionalmente al Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar-La Guajira, en especial, aquellas emanadas de las políticas de formación del talento humano, el desarrollo tecnológico, el mejoramiento de la competitividad de las regiones y las empresas, lo cual implica impartir una educación de alta calidad. Por lo tanto, es pertinente determinar la necesidad de modernizar la institución;

Que es necesario por la pertinencia y conveniencia para el país modificar la estructura, dado la modernización institucional y el requerimiento de una estructura flexible;

Que el Consejo Directivo del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar-La Guajira, en sesión del 8 de marzo de 2013 según Acta número 004, decidió someter a la aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su estructura,

DECRETA:

CAPÍTULO I

De la estructura

Artículo 1°. Estructura. La estructura del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar-La Guajira, será la siguiente:

6.1 Comisión de Personal

6.2 Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno

CAPÍTULO II

Conformación del Consejo Directivo

Artículo 2°. Consejo Directivo. El Consejo Directivo del Instituto de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar-La Guajira, cumplirá sus funciones de conformidad con lo establecido en el Estatuto General y demás disposiciones legales vigentes. Está conformado por:

Parágrafo. El Vicerrector Administrativo y Financiero del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Juan del Cesar-La Guajira, ejercerá la Secretaría del Consejo Directivo.

CAPÍTULO III

De las funciones

Artículo 3°. Consejo Directivo. Son funciones del Consejo Directivo las siguientes:
Artículo 4°. Consejo Académico. Son funciones del Consejo Académico, las siguientes:
Artículo 5°. Despacho de la Rectoría. Son funciones del Despacho de la Rectoría, las siguientes:
Artículo 6°. Vicerrectoría Administrativa y Financiera. Son funciones de la Vicerrectoría Administrativa y Financiera, las siguientes:
Artículo 7°. Vicerrector ía Académica. Son funciones de la Vicerrectoría Académica, las siguientes:

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