Por el cual se abre un crédito al Presupuesto extraordinario vigente. (Ministerio de Obras Públicas)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
Que la Contraloría General de la República, en oficio número 10150, de fecha 15 de junio en curso, certifica la disponibilidad de la cantidad de $ 3.000.000.00 en Bonos de los Ferrocarriles Nacionales de la clase "B", emitidos de conformidad con las autorizaciones conferidas al Gobierno por la Ley 70 de 1939 y de acuerdo con el Decreto número 1235 de 1944 (mayo 24), con destino a las obras de la Ley 204 de 1936; y
Que tanto el Consejo de Ministros como el Consejo de Estado han impartido su aprobación y emitido concepto favorable a la apertura de créditos al Presupuesto extraordinario por igual valor, según consta en las actas respectivas,
DECRETA :
Artículo 1° Con base en la suma de tres millones de pesos ($ 3.000.000.00) moneda corriente, proveniente de la emisión de los certificados provisionales números 1 a 14, inclusive, de Bonos de los Ferrocarriles Nacionales, de la clase "B", ábrese el siguiente crédito adicional al Presupuesto vigente:
Presupuesto extraordinario.
MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
CAPITULO 113
Artículo 1935-B. Para entregar al Consejo Administrativo de los Ferrocarriles Nacionales, por concepto de dudas de la Ley 204 de 1936. así:
| 1. Para obras de la Ley 204 de 1936, en el presente año | $ 1.144.000.00 |
|---|---|
| 2. Para la adquisición del resto del terreno del lote para la Estación Central de Bogotá y Talleres | 970.892.95 |
| 3. Para reembolsar al Consejo el valor del servicio de operaciones de crédito para las obras de la Ley 204 de 1936, durante el presente año | 542.752.16 |
| 4. Para pagar al Consejo parte de la deuda por construcción de obras de la Ley 204 de 1936, existente el 31 de diciembre de 1943 | 342.354.89 |
| Total | $ 3.000.000.00 |
| Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. | Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha. |
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Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de junio de 1944.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Gonzalo RESTREPO
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