Por el cual se causa una novedad de personal en la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda Crédito Público

Rango Decreto
Publicación 1975-09-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los Decretos-leyes 2400, 3074 de 1968 y el Decreto reglamentario 1950 de 1973, y

considerando:

Que con base en las quejas formuladas por un Liquidador de Impuestos de la Administración de Medellín, la División de Inspección de la Dirección General de Impuestos Nacionales el 10 de marzo de 1975 inició la correspondiente investigación tendiente a establecer la responsabilidad de los funcionarios que practicaron una liquidación de corrección por el bimestre de marzo a abril de 1974, a las empresas Coltejer y Fabricato;

Que con base en las diferentes piezas del expediente, el Abogado-Inspector el 17 de marzo de 1975 formuló al doctor Guillermo Eusebio Velasco, Jefe Sección V-22 de Impuestos sobre las Ventas de la Administración de Impuestos Nacionales de Medellín, los siguientes cargos:

Que el funcionario fue oído en declaración de descargos el 17 de marzo de 1975 y en esa oportunidad simplemente se limitó a negar los cargos sin aportar prueba alguna mediante la cual sustenta lo dicho;

Que para establecer la pérdida real al Fisco Nacional, dentro de la investigación se ordenó una diligencia de peritazgo, con la cual.se determinó las fallas de orden procedimental y de aplicación de normas junto con el monto dejado de recaudar, diligencia que se convierte en una prueba adicional respecto a los cargos formulados al citado funcionario;

Que la Comisión de Personal en su sesión celebrada el 28 de julio de 1975, (Acta número 23) estudió la investigación adelantada en relación a este empleado y en esta oportunidad conceptuó que el doctor Guillermo Eusebio Velasco debe ser destituído en razón a que los cargos formulados dentro de la investigación quedaron ampliamente probados y que con esta conducta se causo grave perjuicio al Fisco Nacional y por cuanto además su conducta estuvo rodeada de los siguientes agravantes;

I Rehuir la responsabilidad atribuyéndosela a otros empleados.

II Asumir la actitud a que se refiere la investigación para dos negocios independientes.

III Cometer la falta aprovechando la confianza depositada en él por su inmediato superior;

Que en todo caso el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, cumplió con el trámite ordenado en el Decreto 1950 de 1973, Capítulo 7° artículo 149 y ss;

Que el anterior concepto fue puesto a consideración de este Despacho quien lo acoge,

decreta:

Artículo 1.° Destituir al doctor Guillermo Eusebio Velasco del cargo de Jefe de Sección V-22 de Impuestos sobre las Ventas de la Administración de Impuestos Nacionales de Medellín de la Dirección General de Impuestos. Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Artículo 2.° El doctor Guillermo Eusebio Velasco quedará inhabilitado para el ejercicio de cargos públicos por el término de un (1) año.
Artículo 3.° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Notifíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, a 30 de julio de 1975.

alfonso lopez michelsen

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Rodrigo Botero Montoya

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