Por el cual se reforma el reglamento orgánico de la Escuela Superior de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1926-09-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de facultades legales,

decreta:

Artículo 1º La Escuela Superior de Guerra tendrá dos Coroneles, Tenientes Coroneles, Mayores o Capitanes (Profesores). En este sentido se reforma el Decreto 690 de 1926, que reglamenta la organización y plan de estudios de dicho instituto.

Artículo 2º Trasládese al Coronel Carlos Cortés Vargas, del Estado Mayor General, al puesto de Profesor de la Escuela Superior de Guerra.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 13 de septiembre de 1926.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Guerra,

Ignacio RENGIFO.

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