Por la cual se hacen traslados en el Presupuesto de la vigencia fiscal en curso

Rango Decreto
Publicación 1941-09-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO

que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 8 de agosto del año en cursó, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar algunos traslados entre apropiaciones del Ministerio de Educación Nacional, según consta en la nota número 6883, procedente de la Secretaría de dicha entidad,

DECRETA:

Articulo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:

MINISTERIO DE EDUCACIÓN NACIONAL

Capítulo 61.

Del artículo 784. Para organización, dotación, reparaciones y sostenimiento en general, y demás gastos del Colegio Nacional de San Bartolomé (Alfonso López). $ 7.000.00
Capítulo 63.
Al articulo 837-I. Para organización, dotación y sostenimiento en general del Curso de Especialización de Maestros Vocacionales Agrícolas de Buga 7.000.00
Sumas iguales $ 7.000.00 7.000.00
Articulo 2°. El presente Decreto rige desde su fecha.

Dado en Bogotá a 29 de agosto de 1941.

Comuníquese y publíquese.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos LLERAS RESTREPO

El Ministro de Educación Nacional,

Guillermo NANNETTI

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