Por el cual se reforma el Decreto número 28 de 1940

Rango Decreto
Publicación 1940-08-05
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1° Las funciones que venía desempeñando el Jefe de la Sección de Aduanas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en la Comisión Liquidadora de Deudas de Aduana, las continuará desempeñando el Presidente del Tribunal Supremo de Aduanas.
Artículo 2° En estos términos queda reformado el Decreto número 28 de 1940, en su artículo 2°.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 2 de agosto de 1910.

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

CarlosLLERAS RESTREPO

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