POR EL CUAL SE DISPONE LA TERMINACION DE UN TRABAJO EN LA VIA DEL SUR, SECCION BOGOTA-FUSAGASUGA
POR EL CUAL SE DISPONE LA TERMINACION DE UN TRABAJO EN LA VIA DEL SUR, SECCION BOGOTA-FUSAGASUGA
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que es indispensable terminar el trazado y localización de la vía del Sur, entre esta ciudad y Fusagasugá, para lo cual conviene aprovechar la organización y elementos de que dispone la Comisión Técnica de la carretera de Oriente,
DECRETA:
Artículo 1° La terminación del trazado y localización de la vía del Sur, entre esta ciudad, y Fusagasugá, estará a cargo de la Comisión Técnica de la vía nacional de Oriente.
Parágrafo. Señálase el presente mes de enero como tiempo suficiente para la terminación del expresado trabajo.
Artículo 2° Con la partida de que dispone la vía del Sur en el Presupuesto vigente, se pagarán los sueldos respectivos, así: al Ingeniero Jefe, señor Roberto Rodríguez Rozo, cuatrocientos pesos ($ 400); al Ingeniero segundo Ayudante, señor Emilio Sáenz Arbeláez, ciento noventa y cinco pesos con cincuenta centavos ($, 395-50), y al Ingeniero tercer Ayudante, señor Alfonso Vélez, ciento ochenta pesos ($ 180).
Artículo 3° Desde el día 1° de febrero próximo, quedará suprimida la Comisión Técnica de que trata este Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de enero de 1930.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Obras Públicas,
Rafael ESCALLON
Digitó: 52.741.900
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