Por el cual se destina una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. De los fondos apropiados en el Capítulo 72, artículo 1123 del Presupuesto vigente, destínase la suma de seiscientos sesenta pesos ($ 660) moneda corriente, al pago de un carpintero para el Teatro de Colón, a razón de sesenta pesos ($ 60) mensuales, durante los meses comprendidos de febrero a diciembre del presente año.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 26 de enero de 1945.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de la Economía Nacional, encargado del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
Carlos SANZ DE SANTAMARIA
El Ministro de Educación Nacional,
Antonio ROCHA
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