Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO
que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 5 de agosto en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda para hacer algunos traslados en el Presupuesto del Ministerio de Educación Nacional, DECRETA:
Artículo único. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto del Ministerio de Educación Nacional:
CAPITULO 49
Auxilios a Universidades y Colegios Departamentales
CAPITULO 50
Servicios y auxilios varios
CAPITUO 44
Academias, Institutos y Bibliotecas Nacionales
Comuníquese y cúmplase
Dado en Bogotá, a 26 de agosto de 1938.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos LLERAS RESTREPO
El Ministro de Educación Nacional,
Alfonso ARAUJO
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.