Por el cual se hace una distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 (Ministerio de Desarrollo Económico) por $ 4.000.000
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 12 de la Ley 18 de 1973; facultó al Gobierno Nacional para distribuir las partidas liquidadas en el Presupuesto de Gastos que necesiten ser divididas, teniendo en cuenta las solicitudes de los respectivos Ministerios y Departamentos Administrativos y los requisitos exigidos en el texto de cada apropiación;
Que tales distribuciones deben ser originarias del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para lo cual solo se requiere la firma de su respectivo Ministro, previo estudio de la Dirección General del Presupuesto;
Que el Ministerio de Desarrollo Económico ha solicitado la aplicación de la precitada norma para el reparto de la suma de $ 4,000.00.0, correspondiente al programa de planeación y Fomento en el Departamento del Chocó, del Presupuesto de Inversión de la vigencia de 1973, con concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación, y que se encuentra reservada en el Balance del Tesoro de la Nación;
Que la Dirección General del Presupuesto encuentra ajustada a las disposiciones legales vigentes la petición propuesta,
DECRETA:
Artículo 1º Hacer la siguiente distribución en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1973:
PRESUPUESTO DE INVERSION
Ministerio de Desarrollo Económico
Capítulo 650
Ministerio de Desarrollo Económico
Programa 653
Planeación y Fomento de los Departamentos y Municipios
605 442. Artículo 6588-B. Planeación y Fomento en el Departamento del Chocó. (Leyes l9/64 y 19/69) $ 4.000.000.
Que se distribuye así:
Obras Públicas
Proyecto 1. Construcción del Malecón de Quibdó $ 1.000.000
Proyecto 2. Carretera Valle-Utría 300.000
Turismo
Proyecto 3. Fomento del turismo 400.000
Desarrollo Agropecuario.
Proyecto 4. Fondo Ganadero y Fomento Agrícola 2.300.000
Total 4.000.000
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Comuniquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. E., a 30 de julio de 1974.
MISAEL PASTRANA BORRERO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez.
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