Por el cual se hace una traslación en el presupuesto de 1905

Rango Decreto
Publicación 1907-01-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica de Colombia,

En uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1905 del artículo 220 al artículo 208 del departamento de Relaciones Exteriores, la cantidad de $5,000, destinada para legalizar gastos del año citado, con la siguiente imputación:

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES

DEPARTAMENTO DE RELACIONES EXTERIORES

CAPITULO 25

Servicio consular

Artículo 208, Para gastos del servicio consular $5,000

Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 24 de Diciembre de 1906.

R. REYES

El Ministro de Hacienda y Tesoro,

TOBIAS VALENZUELA

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