Por el cual se hace una traslación en el presupuesto de 1905
El Presidente de la Republica de Colombia,
En uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de Gastos del año económico de 1905 del artículo 220 al artículo 208 del departamento de Relaciones Exteriores, la cantidad de $5,000, destinada para legalizar gastos del año citado, con la siguiente imputación:
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
DEPARTAMENTO DE RELACIONES EXTERIORES
CAPITULO 25
Servicio consular
| Artículo 208, Para gastos del servicio consular | $5,000 |
|---|---|
Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que da lugar el presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Bogotá, á 24 de Diciembre de 1906.
R. REYES
El Ministro de Hacienda y Tesoro,
TOBIAS VALENZUELA
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