por el cual se aprueba el Acuerdo número 021 de 1933 emanado de la Junta Directiva del Instituto de Investigaciones en Geociencias, Minería y Química, Ingeominas, que determina la planta de personal
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 74 del Decreto extraordinario 1042 de 1978,
DECRETA:
Artículo 1° Apruébase el Acuerdo número 021 de 1993, emanado de la Junta Directiva del Instituto de Investigaciones en Geociencia, Minería y Química, Ingeominas, cuyo texto es el siguiente:
“ACUERDO NUMERO 021 DE 1993
(junio 10)
por el cual se determina la planta de personal del Instituto de Investigaciones en Geociencias, Minería y Química, Ingeominas.
La Junta Directiva del Instituto de Investigaciones en Geociencias, Minería y Química, Ingeominas, en uso de sus facultades estatutarias y en especial de las que le confiere el artículo 8° del Decreto-ley 587 de 1991,
ACUERDA:
Artículo 1° Las funciones propias de las distintas dependencias del nivel nacional y regional del Instituto de Investigaciones en Geociencias, Minería y Química, Ingeominas, serán cumplidas por la planta global de personal que a continuación se establece:
| I. Despacho del Director General. | I. Despacho del Director General. | I. Despacho del Director General. | I. Despacho del Director General. | I. Despacho del Director General. |
|---|---|---|---|---|
| Nivel | Denominación del cargo | Código | Grado | N° de cargos |
| Directivo: | ||||
| Director General de Establecimiento Público | 0015 | 18 | 1 | |
| Profesional: | ||||
| Profesional Especializado | 3010 | 16 | 1 | |
| Profesional Universitario | 3020 | 06 | 1 | |
| Técnico: | ||||
| Técnico operativo | 4080 | 07 | 1 | |
| Administrativo: | ||||
| Secretaria Ejecutiva | 5040 | 18 | 1 | |
| Secretaria Ejecutiva | 5040 | 17 | 1 | |
| Operativo: | ||||
| Operario Calificado | 6000 | 09 | 1 | |
| Operario | 6030 | 03 | 1 | |
| Total de cargos del Despacho del Director General | Total de cargos del Despacho del Director General | 8 | ||
| II. Planta Global. | II. Planta Global. | II. Planta Global. | II. Planta Global. | II. Planta Global. |
| Nivel | Denominación del cargo | Código | Grado | N° de cargos |
| Directivo: | ||||
| Subdirector General de Establecimiento Publico | 0040 | 09 | 6 | |
| Secretario General de Entidad Descentralizada | 0037 | 09 | 1 | |
| Asesor: | ||||
| Asesor | 1020 | 04 | 24 | |
| Asesor | l020 | 03 | 8 | |
| Ejecutivo: | ||||
| Jefe de oficina | 2045 | 02 | 2 | |
| Director Regional | 2035 | 17 | 8 | |
| Jefe de División | 2040 | 14 | 8 | |
| Jefe de División | 2040 | 10 | 8 | |
| Jefe de División | 2040 | 09 | 8 | |
| Profesional: | ||||
| Profesional Especializado | 3010 | 16 | 1 | |
| Profesional Especializado | 3010 | 14 | 2 | |
| Profesional Especializado(medio tiempo) | 3010 | 14 | 2 | |
| Profesional Especializado | 3010 | 10 | 8 | |
| Profesional Universitario | 3020 | 08 | 12 | |
| Profesional Universitario | 3020 | 06 | 14 | |
| Técnico Científico: | ||||
| Técnico Científico. (Régimen Especial Decretos 1321 de 1978, 319 de 1981 y 489 de 1993) | 166 | |||
| Técnico: | ||||
| Técnico operativo | 4080 | 12 | 20 | |
| Técnico operativo | 4080 | 10 | 40 | |
| Técnico operativo | 4080 | 07 | 59 | |
| Administrativo: | ||||
| Secretaria Ejecutiva | 5040 | 17 | 9 | |
| Secretaria Ejecutiva | 5040 | 15 | 22 | |
| Secretaria Ejecutiva | 5040 | 11 | 23 | |
| Auxiliar Administrativo | 5120 | 09 | 24 | |
| Auxiliar Administrativo | 5120 | 05 | 10 | |
| Operativo: | ||||
| Operario Calificado | 6000 | 09 | 39 | |
| Operario Calificado | 6000 | 08 | 40 | |
| Operario Calificado | 6000 | 06 | 40 | |
| Operario | 6030 | 03 | 39 | |
| Total de Cargos de la Planta Global | Total de Cargos de la Planta Global | 643 |
Artículo 2° El Director General del Instituto, mediante resolución, distribuirá la planta global establecida en el presente Acuerdo, entre las diferentes dependencias del nivel nacional y regional, de acuerdo con la estructura interna, los requerimientos específicos de los programas y proyectos, la naturaleza de las funciones y las necesidades del servicio.
Artículo 3° La incorporación de los funcionarios a la planta de personal establecida en el artículo 1° del presente Acuerdo, se hará con sujeción a las apropiaciones presupuestales vigentes y a la escala de remuneración para los empleados del área técnico-científica del Instituto, fijada por el Gobierno Nacional de conformidad con las disposiciones de la Ley 4ª de 1992 y demás normas sobre la materia.
Parágrafo. Mientras se produce la incorporación de los funcionarios a la nueva planta de personal éstos continuarán con la misma remuneración que tengan a la fecha de entrada en vigencia del presente Acuerdo, sin que exista solución de continuidad.
Artículo 4° Mientras el Instituto expide el nuevo Manual de Funciones y Requisitos, la incorporación de funcionarios a los cargos de la nueva planta de personal, se realizará de conformidad con las funciones generales y los requisitos establecidos en el Decreto número 590 del 30 de marzo de 1993 y en las demás normas sobre la materia que lo modifiquen o adicionen.
Artículo 5° La incorporación a la nueva planta de los funcionarios que a la fecha de entrada en vigencia del presente Acuerdo se encuentren escalafonados en la Carrera Administrativa, se hará de conformidad con el artículo 81 de Decreto-ley 1042 de 1978 y demás normas sobre la materia.
Artículo 6° El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación por parte del Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias y en especial los Acuerdos 050 de 1987 y 048 de 1990.
Comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a los 16 días del mes de junio de 1993.
El Presidente,
(Fdo.) Eduardo Chaparro Avila.
El Secretario,
(Fdo.) A. Giovanny Ulloa Pinto”.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga los Decretos 2356 de 1987 y 1754 de 1990.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 5 de agosto de 1993.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodríguez; El Ministro de Minas y Energía, Guido Alberto Nule Amín; El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública, Carlos Humberto Isaza Rodríguez.
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