Por el cual se fija la fecha en que entra en vigencia el Decreto número 612 de 1950 (febrero 22)
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de las facultades extraordinarias que le confiere el Articulo 121 de la Constitución Nacional, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto número 3518 de 1949 (noviembre 9) fue turbado el orden público y declarado en estado de sitio todo el territorio nacional;
Que es necesario dotar al Ministerio de Relaciones Exteriores con nuevos servicios, suprimir otros y, en general, de proveer a una mejor organización del Servicio Diplomático y Consular de la Republica,
DECRETA:
Artículo único. El Decreto número 612 de 1950 (febrero 22), por el cual se reorganiza el Ministro de Relaciones Exteriores, entrara a regiré desde la fecha del presente Decreto.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, a 9 de mayo de 1950.
MARIANO OSPINA PEREZ.
El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Gobierno Evaristo SOURDIS. El Ministro de Justicia, Pedro Manuel ARENAS. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO. El Ministro de Guerra, Roberto URDANETA ARBELAEZ. El Ministro de Agricultura y Ganadería, Juan Guillermo RESTREPO JARAMILLO. El Ministro del Trabajo, Víctor G. RICARDO. El Ministro de Higiene, Jorge E. CAVELIER. El Ministro de Comercio e Industrias, César Tulio DELGADO. El Ministro de Minas y Petróleos, José Elías DEL HIERRO. El Ministro de Educación Nacional, Manuel MOSQUERA GARCES. El Ministro de Correos y Telégrafos, General Gustavo ROJAS PINILLA. El Ministro de Obras Públicas, Víctor ARCHILA BRICEÑO.
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