Por el cual se reclasifican unos empleos de la planta de personal del Ministerio de Agricultura

Rango Decreto
Publicación 1963-07-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Artículo 1° Reclasifícanse los siguientes empleos de la planta de personal del Ministerio de Agricultura:
Despacho del Ministro. Despacho del Ministro.
Clase de empleo. Grado ocupacional
1 Secretario Privado II 11
Por
1 Secretario Privado IV 15
1 Mecanotaquígrafa II 5
Por
1 Oficinista III 5
Oficina de Planeaciento, Coordinación y Evaluación. Oficina de Planeaciento, Coordinación y Evaluación.
Sección de Estudios Regionales: Sección de Estudios Regionales:
1 Encuestador (Estadígrafo III) 9
Por
Despacho del Ministro: Despacho del Ministro:
1 Secretario Auxiliar IV 11
Artículo 2° El presente Decreto rige desde la fecha de su expedición y surte efectos fiscales con retroactividad al primero (1°) de julio del presente año.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 12 de julio de 1963.

guillermo leon valencia

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Agricultura,

Virgilio Barco Vargas.-El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil, encargado, Germán París Aya.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.