Por el cual se crea un cargo
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus atribuciones legales, y en especial de las que le confiere el artículo 14 de la Ley 40 de 1945,
DECRETA:
Artículo único. A partir del veintiuno (21) del mes en curso, créase un cargo de Oficial Ayudante con asignación mensual de ciento ochenta pesos ($ 180.00) moneda corriente, en el Departamento Jurídico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de mayo de 1946.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de Paula PEREZ
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