Por el cual se suprime un empleo y se crea una oficina en el ramo Telegráfico
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
decreta:
Artículo 1.° Suprímese la plaza de Cartero de la Oficina Telegráfica de Puerto Nuevo.
Artículo 2.° Establécese Oficina Postal y Telegráfica en el kilómetro veinte de la línea del Ferrocarril de Puerto Wilches, con el personal y asignaciones mensuales siguientes:
| Un Telegrafista Administrador de Correos, con | $ 40 |
|---|---|
| Para gastos de alumbrado | 1 |
Comuniqúese y publíquese.
Dado en Bogotá a 7 de septiembre de 1916.
JOSE VICENTE CONCHA
El Ministro de Gobierno,
Miguel ABADIA MENDEZ.
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