Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
teniendo en cuenta
lo dispuesto en las Leyes 36 y 68 del presente año, "sobre administración y recaudación de las rentas nacionales" y "por la cual se fija el personal de unas oficinas de Hacienda y se adoptan algunas disposiciones fiscales," respectivamente,
decreta:
Artículo 1º Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal de 1º de enero a 31 de diciembre de 1923, con 1a cantidad de seis mil doscientos cincuenta y cuatro pesos cuarenta y un centavos ($ 6,254-41), que llevará las siguientes imputaciones:
Articulo 2º Las oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros los asientos a que da lugar e1 presente Decreto.
Publíquese.
Dado en Bogotá, a 8° de noviembre de 1923.
PEDRO NEL OSPINA El Ministro del Tesoro, Gabriel POSADA.
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