Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de 1914

Rango Decreto
Publicación 1915-01-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DEL TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y teniendo en cuenta lo dispuesto en la Ley 31 del presente año, que restablece la Comisión de Relaciones Exteriores,

decreta :

Artículo único. Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año económico de 1914, con la cantidad de mil trescientos tres pesos veintidós centavos ($ 1,303-22), que llevará la siguiente imputación:

ministerio de relaciones exteriores

capitulo 23

Gastos varios. Gastos varios. Gastos varios.
Artículo 212. Para los gastos que ocasione la Comisión de Relaciones Exteriores, así:
Parágrafo 1.° De cinco miembros, a $ 300 mensuales cada uno (dos del 1.° al 31 de diciembre, y tres del 17 al 31 del mismo) $ 1,035 48
Parágrafo 2.° Del Secretario, a $ 200 mensuales, del 1.° al 31 de diciembre 200
Parágrafo 3.° Del Oficial Mayor, a $ 150 mensuales, del 18 al 31 de diciembre 67 74
Total $ 1,303 22

Parágrafo. Las Oficinas ordenadoras y pagadoras respectivas describirán en sus libros las operaciones a que da lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá a 31 de diciembre de 1914.

jose vicente concha

El Ministro de Hacienda encargado del Despacho del Tesoro,

daniel j. REYES

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