Por los cuales se abren unos créditos adicionales al presupuesto de rentas e ingresos y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal de 1974 (ministerio de agricultura) por $ 50.000.000, (ministerio de minas y energía) por $ 3.000.000 y (ministerios de hacienda y crédito público, defensa nacional, desarrollo económoco, educación nacional y obras públicas) por $ 34.288.695

Rango Decreto
Publicación 1974-09-02
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1º del artículo 43 de la Ley 18 de 1973, facultó al Gobierno Nacional para incorporar al Presupuesto, por medio de decreto, los nuevos recursos inclusive los del crédito y abrir las correspondientes apropiaciones para gastos;

Que el Gobierno Nacional estima necesario y conveniente para la buena marcha de la Administración Pública y el normal cumplimiento de los programas de desarrollo económico y bienestar social ¡abrir unos créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 1974 de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público, Defensa Nacional, Desarrollo Económico, Educación Nacional y Obras Públicas, por 34.288.695;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 101 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Disponibilidad correspondiente para amparar los créditos adicionales de que trata este Decreto, y

Que se han cumplido las requisitos legales para la tramitacion de esta clase de negocios,

DECRETA:

Artículo 1º Adiciónanse los cómputos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro del la Nación para la vigencia fiscal de 1974, con la cantidad de treinta y cuatro millones doscientos ochenta y ocho mil seiscientos noventa y cinco pesos ($ 34.288.695) moneda legal, que con base en el Certificado de Disponibilidad correspondiente, expedido por el Contralor General de la República se incorporarán con imputación al siguiente numeral:

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS

Capítulo XII

Recursos del Balance del Tesoro

Numeral 110. Superávit fiscal de 1973 34.288.695

Suma el recurso 34.288.695

Artículo 2° Con base en el recurso fiscal de que trata el artículo anterior, ábrense los siguientes créditos adicionales al Presupuesto de Gastos para, la vigencia fiscal de 1974.

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

Capitulo 136

Dirección General de Servicios Administrativos

Programa 136

Servicios Administrativos

Gastos Generales

106 111 215. Artículo 1447. Arrendamientos $ 4894000

Transferencias

201 332 401. Artículo 1452. Pensiones del magisterio 10.000.000

MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL

Capítulo 174

Comando de la Fuerza Aérea

Programa 174

Operación Administrativa de la Fuerza Aérea

Transferencias

106 154 207. Artículo 1826-A. Para entregar al Fondo Rotatorio de la Fuerza Aérea 1.475.180

MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL

Capítulo 274

División de Planteles Nacionales

Programa 275

Educación Media

Subprograma 1. Enseñanza Secundaria.

Transferencias

204 313 414. Artículo 2836-B. Colegio Nacional Diversificado de Chía 1439515

Capítulo 282

Gabinete del Ministro

Programa 284

Aportes para el Desarrollo Regional de la Educación y la Cultura

Subprograma 5. Aportes para el sostenimiento de Planteles de Divulgación Cultural y otros.

203 319 412. Artículo 3139. Departamento de Cundinamarca y Distrito Especial de Bogotá 1200000

Ordinal 309. Bogotá: Instalación de la Curia Castrense (Para entregar al Vicario Castrense) 1.200.000

PRESUPUESTO DE INVERSION

Ministerio de Desarrollo Económico

Capítulo 611

Instituto de Crédito Territorial

Programa 611

Construcción de Vivienda

580 372. Artículo 6107-A. Para entregar al Instituto de Crédito Territorial 280000

Capítulo 619

Programa 619

Aportes para el Desarrollo Regional

615 443. Artículo. 6151. Departamento del Cauca 5.000.000

Proyecto 3. Popayán: Para la terminal de transporte 5,000,000

Capítulo 635

Ministerio de Educación Nacional

Programa 636

Situado Fiscal de Educación

609 312. Artículo 6371. Situado de Educación 5.000.000

Proyecto 6. Cauca 5.000.000

Ministerio de Obras Públicas

Capítulo 661

Fondo Vial Nacional

Programa 661

Plan Vial Nacional

Subprograma 6. Construcción y reconstrucción de otras carreteras nacionales.

584 264. Artículo -6699. Construcción de otras carreteras 5000000

Proyecto 69. Carretera Puerto Tejada Hormiguero - Candelaria 5.000.000

Suman los créditos adicionales $ 34.288.695

Artículo 3º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuniquese y publíquese.

Dado en Bogotá, D. E., a 31 de julio de 1974.

MISAEL PASTRANA BORRERO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Echavarría Vélez.

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