Por el cual se asignan cantidades para gastos de material de las Administraciones subalternas de Hacienda nacional del Jigante i Villavieja
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,
Teniendo en consideración lo solicitado por el señor Administrador principal de Hacienda nacional de Neiva, en la nota dirijida a la Secretaría de Guerra i Marina con fecha 1.° de marzo anterior, número 338,
decreta:
Artículo único. Asígnase para gastos de material de cada una de las Administraciones subalternas de Hacienda nacional del Jigante i Villavieja, la cantidad de setenta i dos pesos ($ 72) anuales.
El gasto de que trata este artículo es imputable al Presupuesto de la vijencia en curso, Departamento de correos, capítulo 2,° Administraciones principales i subalternas de Hacienda nacional (Material), artículo 3.°
Dado en Bogotá, a 17 de abril de 1876.
AQUILEO PARRA.
El Secretario de Guerra i Marina,
Rafael Niño.
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