Por el cual se adscribe al Ministerio de Obras Públicas la administración y el manejo del Ferrocarril de la Sabana

Rango Decreto
Publicación 1914-02-06
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Desde la publicación del presente Decreto quedarán adscritos al Ministerio de Obras Públicas el manejo y la administración de todo lo relacionado con el Ferrocarril de la Sabana y que ha estado hasta la fecha a cargo del Ministerio de Hacienda.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de febrero de 1914.

carlos e. RESTREPO

El Ministro de Hacienda,

jose a. LLORENTE

El Ministro de Obras Públicas,

simon ARAUJO

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