Por el cual se concede una franquicia telegráfica

Rango Decreto
Publicación 1922-02-07
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la Republica,

en uno de sus facultades legales,

DECRETA:

En las condiciones que establece el Decreto ejecutivo número 795 de 12 De abril de 1919, concédese franquicia telegráfica hasta por cincuenta palabras al Interventor Fiscal de Aduanas y Salinas de la Republica, para comunicar los asuntos oficiales urgentes relacionados con las funciones de su cargo.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de febrero de 1922.

JORGE HOLGUIN.

EL MINISTRO DE GOBIERNO,

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