Por el cual se distribuye una partida. (Ramo de Carreteras Nacionales)
La Junta Militar de Gobierno,
DECRETA:
Artículo único. De la partida apropiada en el Capítulo 532, artículo 5371, ordinal 22, del Presupuesto vigente "para conservación de las carreteras del Plan Vial y otras, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado", hácese la siguiente distribución:
CAPITULO 532
Artículo 5371 Ordinal 22.
| Parágrafo 12. Para la carretera San Marcos El Viajano | $ 10.000.00 |
|---|---|
| Parágrafo 13. Para la carretera Tunja Arcabuco | 35.000.00 |
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 24 de julio de 1957.
Brigadier General GABRIEL PARIS G.,
Presidente de la Junta.
Mayor General Deogracias Fonseca. Contraalmirante Rubén Piedrahita A. Brigadier General Rafael Navas Pardo. Brigadier General Luis E. Ordóñez.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Antonio Alvarez Restrepo.
El Ministro de Obras Públicas.
Tulio Ospina Pérez
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