Por el cual se crea el puesto de oficial de ganadería del Departamento de Agricultura y Zootecnia del Ministerio de Industrias

Rango Decreto
Publicación 1929-09-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 2
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El Presidente De La República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, especialmente de la facultad que le confiere la Ley 74 de 1926,

DECRETA:

Artículo 1° Créase el cargo de Oficial de Ganadería del Departamento de Agricultura y Zootecnia del Ministerio de Industrias, con una asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($ 150), y nómbrase para desempeñarlo al señor Luis M. Venegas.

Artículo 2° El Oficial de Ganadería formará y llevará los libros genealógicos para las distintas razas de ganado extranjero y del país; levantará el censo pecuario nacional siguiendo las instrucciones de la Dirección de Estadística de dicho Departamento; coadyuvará en el establecimiento de concursos pecuarios nacionales; y formará, de acuerdo con el Jefe de la Sección Técnica de Ganadería, registros de producción de leche y de carne.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de septiembre de 1929.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Industrias

José Antonio MONTALVO

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