Por el cual se crea el puesto de oficial de ganadería del Departamento de Agricultura y Zootecnia del Ministerio de Industrias

Rango Decreto
Publicación 1929-09-27
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE INDUSTRIAS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente De La República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, especialmente de la facultad que le confiere la Ley 74 de 1926,

DECRETA:

Artículo 1° Créase el cargo de Oficial de Ganadería del Departamento de Agricultura y Zootecnia del Ministerio de Industrias, con una asignación mensual de ciento cincuenta pesos ($ 150), y nómbrase para desempeñarlo al señor Luis M. Venegas.
Artículo 2° El Oficial de Ganadería formará y llevará los libros genealógicos para las distintas razas de ganado extranjero y del país; levantará el censo pecuario nacional siguiendo las instrucciones de la Dirección de Estadística de dicho Departamento; coadyuvará en el establecimiento de concursos pecuarios nacionales; y formará, de acuerdo con el Jefe de la Sección Técnica de Ganadería, registros de producción de leche y de carne.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 18 de septiembre de 1929.

MIGUEL ABADIA MENDEZ

El Ministro de Industrias

José Antonio MONTALVO

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.